En los últimos meses aparecieron varias noticias en la prensa sobre la nueva legislación rusa para combatir las actividades extremistas. Según repetían, en general, los medios, esta nueva ley calificaba de extremista la crítica a las autoridades del estado. En definitiva, un nuevo paso de Putin para reducir la libertad en Rusia.
Un ejemplo de tales comentarios:
http://www.periodistas-es.org/modules.php?name=News&file=article&sid=4431
RUSIA: LA LEY SOBRE EXTREMISMO AMENAZA LA LIBERTAD DE PALABRA
Posted on Domingo, 23 julio a las 00:14:14
IFEX.- Mientras Rusia se preparaba para ser anfitriona de la Cumbre de los países del G-8 de democracias industrializadas del 15 al 17 de julio, la cámara alta de su Parlamento aprobó un proyecto de ley que amplía la definición de "extremismo" para que incluya la crítica de los medios a funcionarios del estado, informa el Committee to Protect Journalists (Comité por la Protección de los Periodistas, CPJ).
También la Asociación Mundial de Periódicos (WAN), la Federación Internacional de Periodistas (FIP), ARTICLE 19 y el International Press Institute (Instituto Internacional de Prensa, IPI) plantearon inquietudes acerca del impacto del proyecto de ley sobre la libertad de expresión.
El proyecto de ley estipula penas de cárcel de hasta tres años para periodistas y la suspensión o cierre de sus publicaciones, señala el CPJ. Según la Associated Press, las enmiendas a la Ley para Combatir Actividades Extermistas de 2002 amplía la definición de actividades extremistas para incluir "la calumnia pública dirigida a figuras que cumplen deberes de estado en la Federación Rusa", así como la "interferencia con los deberes legales de los órganos de las autoridades del estado".
Como muy bien señala este último párrafo, la tal ley sólo es una modificación de una ley anterior, en la que se define qué es una actividad extremista.
Veamos dicha modificación (gracias a mi tocayo por enviarme la traducción):
FEDERACIÓN DE RUSIA
LEY FEDERAL
Modificación de los artículos 1 y 15 de la Ley federal "Sobre la oposición a las actividades extremistas"
Aprobada por la Duma Estatal el 8 de julio de 2006
Aceptada por el Consejo de la Federación el 14 de julio de 2006
Introducir en la Ley federal de 25 de julio de 2002 J 1 14-F3"Sobre la oposición a las actividadesextremistas" (Recopilación de legislación de la Federación de Rusia, 2002, 30, ver 3031) las siguientes modificaciones:
1) adoptar la siguiente redacción del artículo 1:
"Artículo 1. Conceptos básicos
A los efectos de la presente Ley federal se adoptarán los siguientes conceptos básicos:
1) actividad extremista (extremismo):
a) actividad de las organizaciones sociales, religiosas o de otro tipo, o de redacciones de medios de comunicación, o de personas físicas para planear, organizar, preparar y cometer acciones dirigidas a:
la modificación por la fuerza del orden constitucional y violación de la integridad territorial de la Federación de Rusia;
causar perjuicio para la seguridad de la Federación de Rusia, usurpación del poder, formación de grupos armados ilegales;
la realización de actividades terroristas o justificación pública del terrorismo;
la agitación del odio racial, étnico, religioso o social, relacionada con la violencia o la incitación a la violencia; ofensa a de la dignidad nacional;
la provocación de desórdenes masivos, actos de gamberrismo y vandalismo por motivos de enemistad u odio ideológico, político, racial, étnico o religioso, o por enemistad u odio hacia cualquier grupo social;
la propaganda de la discriminación, superioridad o inferioridad de personas por motivo de sus creencias religiosas o su pertenencia a algún grupo racial, étnico, religioso o lingüístico;
obstaculizar la actividad legal de los organismos estatales, comisiones electorales, así como la actividad legal de los cargos de los citados organismos, las comisiones, cuando vaya unido al uso de la violencia y con la amenaza del uso de la violencia;
la calumnia pública de las personas que ocupan cargos de responsabilidad en la Federación de Rusia o en los sujetos de la Federación, en relación al cumplimiento de las obligaciones de su cargo, unida a la acusación a las personas indicadas de la comisión de acciones indicadas en el presente artículo, a condición de que el hecho de la calumnia haya quedado establecido por vía judicial;
la aplicación de violencia sobre un representante estatal o la amenaza del uso de la violencia sobre ese representante estatal o sus familiares en relación al cumplimiento de las obligaciones de su cargo;
el atentado contra la vida de un activista social u hombre público, cometido con el objetivo de interrumpir su actividad pública o política, o en venganza por tal actividad;
la violación de los derechos y libertades de las personas, el daño a su salud o propiedades por causa de sus ideas, su raza o nacionalidad, su religión, grupo o procedencia social;
la creación o difusión de publicaciones, grabaciones sonoras, audiovisuales destinadas a su uso público que contengan al menos alguno de los contenidos mencionado en este artículo;
b) la propaganda y exhibición pública de simbología nazi o análoga y que se confunda con la simbología nazi;
c) el llamamiento público a la realización de las actividades citadas y las manifestaciones públicas que llamen a la realización de las actividades citadas o justifiquen la realización de actos indicados en el presente artículo;
d) la financiación de los actos indicados o cualquier ayuda en la planificación, organización, preparación y comisión de los actos indicados, incluida la concesión para la su realización de medios financieros, inmuebles, medios técnicos de impresión, documentación, teléfonos, faxes o cualquier otro medio de comunicación, servicios de información y otros medios técnico-materiales;
2) organización extremista: organización social, religiosa o de cualquier otro tipo, en relación con la cual, en base a lo previsto en la presente Ley federal un tribunal haya adoptado la decisión de su disolución o prohibición de actividades debido a sus actividades extremistas;
3) materiales extremistas; los documentos o información transmitida por cualquier medio que llamen a la realización de las actividades citadas o justifiquen la necesidad de la realización de tales actividades, incluidas las obras de los dirigentes del Partido Nacionalsocialista de los Trabajadores Alemanes, el Partido Fascista de Italia, las publicaciones que justifiquen la supremacía nacional o racial, que justifiquen la comisión de crímenes de guerra u otros crímenes, dirigidos al exterminio total o parcial de un grupo étnico, social, racial, nacional o religioso.
2) completar el artículo 15, con un apartado 4 con el siguiente contenido; "El autor de materiales impresos, audiovisuales o de cualquier otro tipo (obras), destinadas a su utilización pública que contengan alguno de los apartados previstos en el artículo 1 de la presente Ley federal será reconocido como realizador de actividades extremistas y incurrirá en responsabilidades de acuerdo a lo previsto en la legislación de la Federación de Rusia".
El presidente de la Federación de Rusia
V. Putin
Moscú, Kremlin, 27 de julio de 2006
N 148-F3
O sea, que según dicen las crónicas, la ley amplía la definición de extremismo a "la calumnia pública dirigida a figuras que cumplen deberes de estado en la Federación Rusa".
Y el texto de la ley dice “la calumnia pública de las personas que ocupan cargos de responsabilidad en la Federación de Rusia o en los sujetos de la Federación, en relación al cumplimiento de las obligaciones de su cargo, unida a la acusación a las personas indicadas de la comisión de acciones indicadas en el presente artículo, a condición de que el hecho de la calumnia haya quedado establecido por vía judicial”
Es decir, no se trata de que la crítica de los medios a los funcionarios públicos sea extremismo sino de calumniar diciendo que en el ejercicio del cargo público se han cometido actos extremistas, que están perfectamente definidos en la ley, y de que un juez haya establecido que es una calumnia. Hay alguna diferencia, aunque para los medios no parece importar.
Se podrá ser partidario o contrario a la modificación de la ley, opinar que es más o menos acertada, pero la prensa debería decir la verdad entera, no a medias.
3 comentarios:
que injusticia con esa ley
LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN SIEMPRE HA SIDO UN DERECHO PARA CADA SER HUMANO, ESTA LEY VIOLA ESE DERECHO
esta ley no tiene ningún sentido. y mas aun el ataque al que estan siendo sujetos la organización de los testigos de Jehova en ese país.Donde yo como madre y cabeza de familia que soy y lo que se sobre dicha organización y sus publicaciones puedo asegurar que son personas que trabajan arduamente por fomentar el amor a su DIOS JEHOVA, amor al prójimo,union familiar, aplicar los mas sagrados valores éticos y morales en sus hijos(as) y por sobre todo el RESPETO A TODA AUTORIDAD GUBERNAMENTAL DEL GOBIERNO tanto sus normas y leyes. No hay absolutamente nada de extremista ni criminal en ningunas de sus tantas publicaciones las cuales las mismas son basadas en LA SAGRADA PALABRA INSPIRADA DE DIOS “LA BIBLIA”. Son reconocidos y destacados a nivel mundial por ser la unica religion que brinda tanto Amor y Apoyo incondicional tanto para sus propios hermanos en fé, como para todas aquellas personas que no lo sean. deberían realizar las correspondientes y LEGALES averiguaciones que corresponden para el caso para que RUSIA no continue siendo un objeto de BURLA MUNDIAL por los aparentes ensañamientos que se esta presumiendo hacia esta Organización Mundial en su PaíS por parte de entes Gubernamentales sin tener la debida legalidad correspondiente,violando tanto leyes como derechos humanos de toda índole.
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